La Pobla de Vallbona prevé sanciones de hasta 3.000 euros a los propietarios de terrenos y solares que no los limpien para evitar incendios en la localidad

 


TICO DE VICENTE.- La Pobla de Vallbona. Se trata de uno de los mayores problemas que deben afrontar las administraciones públicas locales a la hora de desarrollar políticas de prevención de incendios, especialmente en la época estival en la que este tipo de sucesos son más habituales por las altas temperaturas. Por ello, desde las administraciones públicas se afanan por poner en marcha campañas de información y sensibilización entre la opinión públicas para que mantengan en buen estado de conservación sus propiedades privadas, sobre todo sus terrenos y solares. Un simple paseo por el término municipal es suficiente para calibrar la importancia del cuidado de estas propiedades como eje esencial para evitar los incendios. No sólo se trata de las áreas residenciales o las urbanizaciones, el propio casco urbano y los alrededores del mismo son, también, un foco de especial atención por parte de las autoridades como uno de los factores de prevención más efectivos. El incendio que ocurrió a principios del pasado mes de julio en la Pobla de Vallbona es el ejemplo paradigmático sobre la situación que se vive en los municipios valencianos cuando un incendio afectó a una de las zonas más cercanas al propio casco urbano, entre el barri Sant Josep y la avenida José Garrido, tal y como informó en su momento Infopoblano. De esta forma, el incendio se extendió entre varios campos y extensiones de terrenos abandonados, cuya situación sirve para que, en determinadas situaciones, se puedan extender. Además, cabe añadir otros incendios que se han sucedido en otras partes del término municipal. Por ello, en las administraciones locales se han redactado y aprobado diversas normativas mediante las correspondientes ordenanzas reguladoras sobre la limpieza y cierre de los terrenos y solares. En el caos de la Pobla de Vallbona, esta ordenanza data de finales del año 2017 y en ella se recogen todas las obligaciones sobre los solares de la localidad, así como las parcelas existentes que no cumplan la condición de solar. Por su parte, las masas forestales se regirán por la normativa sectorial vigente, con las competencias que tienen atribuidas las administraciones públicas correspondientes al respecto. La normativa detalla que en el caso de parcelas con condición de solar y sin edificar “se cortarán las hierbas hasta llegar a un máximo de diez centímetros de altura” mientras que, en el caso de parcelas en suelo urbano, pero sin condición de solar “se cortarán las hierbas hasta dejar un máximo de veinte centímetros de altura”.

En el caso de parcelas en suelo no urbanizable o urbanizable “lindante con suelo urbano se cortarán las hierbas hasta un máximo de veinte centímetros de altura” y en parcelas en suelo no urbanizable o urbanizable, en casos diferentes, se cortarán hasta un máximo de veinte centímetros. En caso de peligro de incendio o como prevención “no se tendrán en cuenta estos límites y se dejarán en las adecuadas condiciones de seguridad”.

La ordenanza obliga, por ello, a mantener los solares y las parcelas limpias de hierbas, escombros, residuos de todo tipo, malas hierbas y otros despojos y establece los meses de mayo y noviembre para limpiarlos. En caso contrario, la normativa prevé sanciones económicas que oscilan entre los 300 y los 3.000 euros para los infractores.

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