La Pobla de Vallbona: una comisión asesora se encargará de investigar y proponer las medidas a adoptar en caso de denuncia por acoso laboral, sexual o discriminación en el ayuntamiento
TICO
DE VICENTE.- La Pobla de Vallbona. Una comisión asesora se encargará de
los trabajos de investigación y de proponer la resolución final en caso de
acoso laboral en el Ayuntamiento de la Pobla de Vallbona. Al menos así consta
en el protocolo redactado y elaborado por los técnicos y que se ha publicado
con el objetivo de prevenir en riesgos laborales y proteger los derechos fundamentales,
así como fomentar un entorno de trabajo saludable, respetuoso y libre de
violencia, tal y como consta en el documento al que ha tenido acceso Infopoblano. De esta forma, la comisión
asesora que se constituirá deberá estar formada por un representante de los trabajadores
u otra persona designada por el afectado, una persona designada por el
ayuntamiento y el tercer miembro debe ser un técnico especializado, técnico de
prevención especializado en ergonomía y psicosociología, preferiblemente con
formación en psicología. Además, se especifica que, para la efectividad de este
sistema de nombramiento, se utilizará el mismo método que rige en los tribunales
arbitrales que se crearon al amparo de los sistemas de solución extrajudicial
de conflictos. “Debe consensuarse de antemano, entre la representación de los
trabajadores y el ayuntamiento, un listado de miembros que compongan las futuras
comisiones asesoras, que se procurará que tengan formación/conocimiento en la
materia”, se manifiesta en el texto elaborado. Esta comisión tiene como función
la realización de la investigación, así como la propuesta de resolución final
que corresponda. Las denuncias en caso de acoso laboral en el Ayuntamiento de la
Pobla de Vallbona tendrán una fase de investigación "una vez tramitad la
denuncia y constituida la comisión asesora, ésta deberá iniciar la fase de investigación”
y se podrán adoptar medidas cautelares de protección, practicar pruebas de carácter
documental y testifical necesarias, así como propuestas por las partes.
A la fase de investigación le
seguirá la fase de resolución, con un informe de la comisión asesora con una
propuesta de resolución, que deberá emitir un informe detallado en un plazo máximo
de 20 días desde que se da traslado del informe y del resultado de las
actuaciones practicadas. La comisión asesora elevará a la alcaldía una
propuesta de resolución para que decida si implanta las medidas correctoras
propuestas por la comisión en el marco de sus competencias. El departamento de
recursos humanos registrará los informes de conclusiones y los remitirá a los
titulares de los órganos que tengan competencias para realizar las medidas a
adoptar.
En el caso de que existan indicios
suficientes sobre la existencia de acoso en el entorno del trabajo, se podrán
adoptar medidas preventivas como la separación de la víctima y la presunta persona
acosadora u otro tipo de medidas cautelares, como reordenación del tiempo de trabajo
o cambio de oficina que se estimen oportunas en este tipo de situaciones. Las
medidas adoptadas no podrán suponer un perjuicio para la víctima del acoso, en condiciones
de trabajo, horarios, turnos o salariales.

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