La Pobla de Vallbona: una oferta en “presunción de anormalidad” y otras 6 que no aportan documentación necesaria en el contrato de placas fotovoltaicas
TICO
DE VICENTE.- La Pobla de Vallbona. La avalancha de ofertas que ha
recibido el Ayuntamiento de la Pobla de Vallbona en el contrato correspondiente
a las obras de instalación solar fotovoltaica de autoconsumo colectivo en la
cubierta el CEIP El Campés ha sido algo inusual. En pocos, escasos, contratos
públicos concurren hasta 13 empresas interesadas en llevar a cabo el citado
proyecto municipal. Bajo la financiación del Instituto Valenciano de
Competitividad Empresarial (IVACE), la mesa de contratación se ha decantado por
una de las citadas ofertas recibidas y, finalmente, se ha hecho público el veredicto
que permitirá aumentar la capacidad del municipio de crear energía para sus edificios
e instalaciones públicas hasta alcanzar el autoconsumo, la meta final del
equipo de gobierno cuyo propósito arranca ya desde la legislatura pasada. Sin
embargo, en un análisis y estudio de todas las propuestas que se han presentado
a este contrato público se han conocido algunos rasgos y características de los
mismos. Uno de ellos es el hallazgo de “presunción de anormalidad” de forma que,
tal y como se especifica en la resolución a la que ha tenido acceso Infopoblano, en el caso de que hubiese resultado
adjudicataria “se le requerirá para que justifique y desglose razonada y
detalladamente el precio o costes de su oferta mediante la presentación de aquella
información y documentos que resulten pertinentes para acreditar la viabilidad
de su oferta”, según afirma el citado documento. Además, en el documento de la
mesa de contratación se reseña otro aspecto a tener en cuenta en la baremación de
este contrato. Todos los licitadores que en su oferta incluyen el criterio
segundo sobre el incremento de la potencia pico de la instalación y, por tanto,
aumentan la superficie necesaria a ocupar respecto de la superficie ocupada
inicialmente por los módulos del proyecto, ha asistido a la visita que se
programó en su momento para visitar el edificio en el que se desarrollará esta
iniciativa municipal. Existe otro caso de una licitadora que no ha aportado la
documentación exigible para el análisis del criterio segundo, sobre el aumento
de la potencia pico de la instalación.
Con todo, la mesa de contratación ha
halado el caso de otras seis ofertas recibidas en las que, tampoco, se les ha
tenido en cuenta el criterio cinco de la adjudicación relativa a la reducción
del plazo de suministro y ejecución de la instalación, fijada en un máximo de
25 puntos, según el pliego de condiciones establecido a tal efecto. En función
del plazo desde las 10 semanas hasta las 6 semanas, la mesa de contratación concede
una puntuación u otra. Las restantes ofertas recibidas, las otras siete, han
recibido la puntuación máxima, fijada en 25, por tanto, se comprometen al
suministro y la instalación de las placas en un plazo máximo de seis semanas, según
las mismas fuentes consultadas.
La diferencia entre las puntuaciones
que han recibido las trece ofertas que han tomado parte en este contrato
público en la Pobla de Vallbona es notable. Desde la primera que ha cosechado
99’47 puntos en total hasta los 11’44 puntos que ha recibido la oferta situada
en último lugar. Entre la última y la penúltima oferta la diferencia es de casi
25 puntos, según la información a la que ha tenido acceso este periódico.

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