La Pobla de Vallbona redacta un protocolo contra el acoso sexual, laboral, de género o discriminatorio en el ayuntamiento

 


            TICO DE VICENTE.- La Pobla de Vallbona. El Ayuntamiento de la Pobla de Vallbona ha redactado un protocolo de actuación frente al acoso en el entorno laboral en las dependencias municipales. El objetivo de este documento, aprobado por la Junta de Gobierno Local, es dotar al consistorio de herramientas “eficaces” en la prevención, detección y actuación frente a situaciones de acoso en el entorno laboral. Este protocolo responde, según las consideraciones del ejecutivo local, a la necesidad de cumplir con las obligaciones legales vigentes en materia de prevención de riesgos laborales y protección de los derechos fundamentales y, por otra parte, al fomento de un entorno de trabajo “saludable, respetuoso y libres de violencia”, según la información a la que ha tenido acceso Infopoblano. El protocolo refrendado por la Junta de Gobierno Local considera que el acoso laboral “vulnera derechos fundamentales como la dignidad, la integridad moral, la igualdad y la no discriminación”, además añade que este documento “claro y transparente” permite asegurar el respeto a estos derechos, así como el establecimiento de los canales confidenciales, seguros y eficaces para la denuncia y la resolución de los conflictos. El documento alerta de los riesgos derivados del acoso laboral sobre la salud mental de las personas trabajadoras, el rendimiento organizativo y la calidad del servicio público. Por ello, el protocolo intenta llevar a cabo las tareas de detección de forma temprana situaciones de conflicto, establecer mecanismos de intervención rápida y garantista y, por último, promover una cultura institucional basada en el respeto, la igualdad y la convivencia, según las mismas fuentes oficiales consultadas por este periódico. “El Ayuntamiento de la Pobla de Vallbona declara formalmente que rechaza cualquier tipo de conducta de acoso laboral y manifiesta su compromiso para el establecimiento de una cultura organizativa de normas y valores contra dicho acoso, manteniendo como principio básico el derecho de los empleados públicos a recibir un trato respetuoso y digno”, aseveran las mismas fuentes.

            Salvaguardar la dignidad de los miembros de la corporación, definir las distintas clases de acoso, prevenir conductas de acoso laboral, detectar de forma temprana el acoso, garantizar una actuación rápida, proteger a los trabajadores, establecer medidas correctoras, fomentar la mejora continua del protocolo y, por último, regular el procedimiento a seguir en el caso de una denuncia por parte de cualquier persona. Prevención, corrección y sensibilización son las tres claves a la hora de poner engendrar este protocolo y ponerlo en marcha. Se aplicará a cualquier miembro de la corporación y a todos los empleados públicos: personal funcionario, interino, eventual, en prácticas o laboral.

            El acoso laboral o mobbing se entiende como la violencia psicológica desde una posición de poder con el propósito de crear un entorno hostil o humillante. El acoso sexual se considera como el comportamiento verbal o físico de carácter sexual con ánimo de atentar contra la dignidad, incluidas favores sexuales, insinuaciones o actitudes. El acoso por razón de género o sexo se centra en el comportamiento en función de estas dos variables y, por último, el discriminatorio está fundamentado en razones ideológicas, religión o creencias, pertenencia a una etnia, raza o nación, sexo, orientación o identidad sexual, situación familiar, enfermedad o discapacidad.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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