La Pobla de Vallbona: recurso de alzada tras desestimarse las alegaciones presentadas por los resultados de la prueba psicotécnica de la plaza de intendente de la policía local
TICO
DE VICENTE.- La Pobla de Vallbona. A pocas horas del día 2 en el que
está prevista la celebración del segundo ejercicio que se sigue en el proceso
administrativo para la plaza de intendente de la policía local de la Pobla de
Vallbona se ha presentado un recurso de alzada tras desestimarse las
alegaciones a la prueba psicotécnica que tuvo lugar hace unas semanas, según ha
podido saber Infopoblano. El recurso
de alzada es un escrito de carácter administrativo, ordinario y preceptivo en virtud
del cual se pretende que un órgano administrativo revise un acto dictado por un
órgano dependiente jerárquicamente de aquel, de forma que el objetivo es que se
confirme que el mismo se ajusta a derecho o, en caso contrario, se intenta su
revocación. De esta forma, el recurso de alzada es el paso previo a acudir a la
vía contenciosa-administrativa, ya que se trata de un acto que impide que el
acto o la resolución objeto del recurso no se vuelva en firme, según las
fuentes jurídicas. Otra de las características del recurso de alzada es su
jerarquía ya que permite al órgano superior corregir la actuación de su inferior
y determinar, de esta forma, que el acto que se ha recurrido ante la jurisdicción
contenciosa se ha adoptado tras agotar la correspondiente vía administrativa. Además,
otra de las características de los recursos de alzada es que no son suspensivos,
es decir, que la puesta en marcha de este tipo de acciones no supone que el
acto que inicialmente ha sido objeto del recurso no se suspende, ya que, según
se desprende del actual ordenamiento jurídico “la interposición de cualquier recurso,
excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no
suspenderá la ejecución del acto impugnado”, según se dicta en el citado
ordenamiento. De esta forma y a tenor del artículo correspondiente del
ordenamiento jurídico, la interposición de este tipo de recurso no significa
que se pueda suspender el desarrollo de las siguientes pruebas previstas.
De esta forma, para este miércoles 2
de julio está prevista la realización de la segunda prueba prevista en las
bases reguladoras. Cabe recordar que el pasado 28 de mayo se llevaron a cabo
las pruebas del ejercicio psicotécnico de carácter obligatorio y eliminatorio
que dio como resultado que de los dos aspirantes que se presentaron al mismo
uno quedó como no apto y el otro resultó apto, Amadeu Llorens y Vicente
Martínez, respectivamente. En aquel momento, se concedieron 5 días hábiles para
formular las correspondientes alegaciones o reclamaciones que se considerasen
oportunas.
De esta forma, el aspirante que resultó
no apto -Amadeu Llorens- presentó las alegaciones que, finalmente, tras el periodo
de estudio y análisis correspondiente fueron desestimadas. A la vista de esta
decisión, Amadeu Llorens ha decidido presentar un recurso de alzada tras la
decisión de desestimar las alegaciones primeras, según ha podido saber este
periódico.
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