La Pobla de Vallbona aprueba el pago de 105.000 euros en facturas por trabajos o servicios efectuados el pasado año con un reconocimiento extrajudicial

 

 

            TICO DE VICENTE.- La Pobla de Vallbona. El Ayuntamiento de la Pobla de Vallbona ha aprobado el pago de 105.888’22 euros en total correspondientes a las obligaciones derivadas de gastos incluidas como reconocimiento extrajudicial de créditos, tal y como quedó rubricado en el pleno ordinario del mes de marzo al que ha tenido acceso Infopoblano. Se trata de imputar al presupuesto de este año los gastos que se llevaron a cabo durante los ejercicios anteriores y que no se imputaron en su momento, según detallan las mismas fuentes. En total, el pleno municipal de la Pobla de Vallbona ha validado hasta un total de 29 facturas que se cargan a las cuentas municipales correspondientes a diversas áreas municipales y departamentos del propio consistorio, entre ellos algunos como el de Comunicación, Educación, Policía o Servicios Municipales, según las mismas fuentes. El montante económico de las facturas que se hallan en la relación aprobadas por el pleno de la Pobla de Vallbona oscila entre los 59 euros de diseños del área de Cultura hasta los 16.000 euros por la gestión de medios de comunicación o los 26.000 euros del área de gestión de centros ocupacionales, entre otros. Además, están incluidos otros conceptos como el servicio de grúa por otros 1.600 euros, los menús de l’escoleta municipal por otros 7.900 euros, diversos exámenes de salud por montantes de más de 8.000 euros, servicios de acompañamientos social y laboral por otros 2.500 euros, la recogida de animales abandonados por otros 450 euros, gastos de notaría por otros 1.200 euros o derramas del canal de riego por 2.000 euros o el control del mosquito por un montante de 700 euros, además de labores de conservación de semáforos por otros 532 euros. En muchos de los casos, se trata de facturas cuyas empresas han presentado por registro las mismas a finales del mes de diciembre o, incluso, a principios de enero cuando ya se ha cerrado el año en curso. De esta forma, las facturas que se han presentado en este periodo de tiempo tienen que llevarse, en todos sus extremos, con un reconocimiento extrajudicial para que se puedan liquidar, según las fuentes consultadas por este periódico.

            La actual legislación prevé que sólo se pueden contraer obligaciones derivadas de adquisiciones, obras, servicios y otras prestaciones o gastos en general que se realicen durante el año natural del propio ejercicio presupuestario, según se indican en los propios informes municipales. De esta forma, en la relación de facturas refrendada por el pleno no responden a gastos previamente aprobadas y fiscalizadas. Por ello, se trata de gastos que no han seguido ningún trámite de contratación previsto en la ley 9/2027 de contratos del sector público, según estas fuentes.

            Estos gastos deberían haber sido tramitados como contrato menor, sin que se haya realizado ninguna tramitación, según se detalla en las propias bases de ejecución del presupuesto, con el expediente que incluya la emisión de un informe del órgano de contratación justificando de manera motiva el contrato.

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