Mosquito tigre en la Pobla de Vallbona: la Generalitat aprueba ayudas económicas para luchar contra la presencia de este molesto insecto en la localidad
TICO
DE VICENTE.- La Pobla de Vallbona. La llegada del verano, de las altas
temperaturas y de una mayor humedad en determinadas zonas de la Comunitat Valenciana
significa, además, la presencia del mosquito tigre, una de las especies más molestas
y agresivas hacia las personas cuyo acto de aparición se desarrolló hace ya
algunos años y, desde entonces, no se ha vuelto a marchar. Sabedores de esta
situación, la Dirección General de Salud Pública ha hecho pública la relación de
localidades de la Comunitat Valenciana que han resultado beneficiarias de las
ayudas económicas para luchar contra el mosquito tigre. Especialmente sensibles
son aquellas zonas en las que exista presencia de agua, charcos o pequeños
embalses, situaciones que pueden suponer una proliferación de este tipo de
insectos. La Generalitat Valenciana ha hecho público el acuerdo de la comisión de
evaluación de la convocatoria de las subvenciones destinadas al tratamiento de lucha
conta el mosquito tigre en los municipios de la Comunitat, con el listado de
solicitudes admitidas y excluidas, según la documentación oficial a la que ha
tenido acceso Infopoblano. De esta
forma, en la citada resolución aparece la Pobla de Vallbona, según el listado
aprobado por la administración autonómica. Cabe recordar que cada vez son más las
localidades valencianas afectadas por el mosquito tigre, en los que los
ayuntamientos deben completar toda una serie de medidas y correcciones para
evitar la propagación y reproducción de estas especies.
De esta forma, los municipios
afectados que solicitan ayuda económica de la Generalitat deben cumplir algunos
requisitos a la hora de formalizar las solicitudes, sin las cuales pueden
quedar excluidos de las mismas. Entre las deficiencias halladas por la Generalitat
en esta convocatoria figuran algunas razones como la ausencia de determinados
anexos, la falta de acreditación del personal para el uso de biocidas o la carencia
de la memoria del documento detallado de la valoración económica del coste
total de la campaña o la falta de coincidencia entre la valoración económica
del coste total de la campaña con la cantidad existente en el anexo de la
solicitud. Además, en algunos casos la falta de inscripción de la empresa, de
forma actualizada, en el registro oficial de establecimientos y servicios
biocidas, o la ausencia de la documentación en el proyecto técnico para la realización
de la campaña.
Entre las obligaciones estipuladas
en las bases reguladoras figuran algunos como el nombre de la empresa que realice
el tratamiento, el plano cartográfico del término municipal, el plan de aplicación,
la documentación que acredite el cumplimiento, la inscripción de la empresa en
el registro oficial de biocidas, la disponibilidad de personal acreditado, el
uso de productos autorizados, las zonas seleccionadas para el tratamiento, las
técnicas de aplicación de la cantidad a utilizar, el cumplimiento de la normativa
medioambiental correspondiente sobre las zonas naturales vulnerables por estar
bajo alguna de las figuras de protección o la valoración económica.
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