La Pobla de Vallbona excluye el 45% de las solicitudes de subvención para pagar libros y material escolar por exceso de renta y deudas tributarias

  


TICO DE VICENTE. LA POBLA DE VALLBONA. El artículo 14 de la ley general de subvenciones es tajante. Es necesario acreditar que el solicitante de una subvención de una administración pública está al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Se trata de una obligación ineludible para aquellas personas que optan a una ayuda económica de alguna administración. Sin embargo, en el listado publicado por el Ayuntamiento de la Pobla de Vallbona destinado al alumnado de Educación Infantil de Segundo Ciclo y el alumnado de 2 años matriculados en los centros de educación infantil y primaria para el presente curso 2022/2023. De esta forma, hasta el 45% de las solicitudes recibidas por el ayuntamiento local han sido rechazadas, frontalmente, al hallarse determinadas deficiencias que no han sido enmendadas y, por ello, se han rechazado. De las 248 peticiones que se han presentado en las oficinas de la Pobla de Vallbona hay un total de 112 que, finalmente, se han rechazado por los técnicos municipales al no cumplir todos los requisitos existentes en las bases reguladoras establecidas al respecto. Sin embargo, hay un 55% -las restantes 136 solicitudes- que sí han recibido la autorización para alguna de las ayudas económicas establecidas, al respecto, por parte del consistorio.  

Las ayudas están concebidas para ayudar a las familias del municipio a sufragar los gastos que supone para una gran mayoría el curso escolar, el alumnado de educación infantil de segundo ciclo y el alumnado de 2 años matriculado en centros públicos de educación infantil y primaria. Precisamente, las bases establecen una serie de requisitos ineludibles para conseguir las citadas subvenciones económicas. Entre ellas, cabe destacar que deben estar empadronados en la Pobla de Vallbona, tanto el alumno como el progenitor o tutor legal que le acompaña. En el caso de separación, esta obligación recae en el progenitor que convive con el alumno, además, deben acreditar la matriculación y asistencia al centro correspondiente, haber superado el curso anterior, haber realizado un gasto en libros y/o material escolar en el curso 2022/2023 y, entre otros, acreditar la obtención de una renta familiar en la última declaración del IRPF no superior a los baremos establecidos en las bases.

Tras la convocatoria de las subvenciones de finales del pasado mes de septiembre, tres meses después, se han hecho públicos los resultados de las subvenciones en virtud de los baremos realizados. De entre las solicitudes recibidas, existen alumnos de los centros del Campés, Lluís Vives, Mas de Tous, Colorín, les Monges y San Rafael. El montante global que recibirá las 136 becas concedidas oscila entre los 35 y los 100 euros, en función de los baremos y requisitos que cumplen cada uno de ellos. Las becas de 100 son las más numerosas con 100 beneficiarios, seguidos de las 43 que recibirán otros 50 euros. En total, se repartirán alrededor de 10.000 euros, entre todas las solicitudes. Las restantes 112 se han rechazado, por nivel de renta, deudas con el ayuntamiento, no estar empadronado o ausencia de algún documento, entre otros.

 

 

 

 

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