La Pobla de Vallbona: aparcar más de 21 días consecutivos un vehículo en el mismo lugar se podrá sancionar con hasta 200 euros por falta grave
TICO DE VICENTE. La Pobla de Vallbona
Poco a poco, se van conociendo diversas situaciones y vicisitudes contenidas en la ordenanza de movilidad aprobada por el actual Ayuntamiento de la Pobla de Vallbona y que ya ha entrado en funcionamiento. Primero se conoció la regulación que los nuevos medios de transporte como el patinete eléctrico, surgidos al amparo de los nuevos usos sociales y de una mayor concienciación ambiental, y las sanciones que una mala praxis supondrá para sus propietarios. Por ende, según ha sabido Infopoblano, la conducción temeraria, el exceso de velocidad en más de un 50% sobre el límite permitido, poner en peligro o riesgo al resto de las personas usuarias de la vía pública o, incluso, cuando se sobrepase la tasa de alcohol o realizar cualquier tipo de carrera o competición en el exterior serán consideradas infracciones muy graves y se castigarán, por tanto, con hasta 500 euros a las personas que los hayan cometido. Además, se ha sabido que la ordenanza recoge otras situaciones como los conocidos “gorrillas”, bajo el eufemismo de “guardacotxes”, más propios de la capital, València, si bien la Pobla de Vallbona se adelanta ante cualquier cambio social o económico y, por ello, también regula este tipo de situaciones. Estas conductas serán castigadas con una sanción de 750 euros en total, al estar considerada como una infracción leve, en función de la graduación de la cantidad, la intensidad del daño ocasionado y de los criterios establecidos en el artículo 150 de la ordenanza municipal. Las sanciones económicas se podrán sustituir por trabajos en beneficio de la comunidad.
El artículo 15 de la ordenanza de la
Pobla de Vallbona recoge las infracciones y las sanciones en materia de
estacionamientos de vehículos a motor y ciclomotores, entre ellas, las graves
que llevan aparejadas sanciones pecuniarias de 200 euros en total. En este tipo
de situaciones cabe destacar algunas que causan trasiegos, molestias y
conflictos vecinales como es el estacionamiento de un vehículo durante 21 días
consecutivos en un mismo lugar. Desde ahora queda regulado explícitamente y,
por ello, queda prohibido bajo amenaza de sanción de los referidos 200 euros a
sus infractores. También quedan recogidas otras conductas, como estacionar en doble
fila sin conductor, más allá que en la primera fila exista aparcado un
vehículo, un contenedor o cualquier otro tipo de elemento del mobiliario
urbano. Estacionar al medio de la calzada en un carril de circulación en vía
urbana también queda regulado. Los estacionamientos frente a los accesos y
salidas de emergencia de edificios destinados a espectáculos o actos públicos y
en las horas de celebración de los mismos queda, asimismo, prohibido. Otras situaciones
habituales en el casco urbano de los municipios como estacionar sobre las
aceras, paseos y otras áreas destinadas al paso de los peatones o estacionar
sobre los pasos de ciclistas o viandantes son objeto de una regulación
pormenorizada.
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