La ordenanza de la Pobla de Vallbona prohíbe los ruidos por las noches que puede provocar el uso de electrodomésticos como lavadoras para reducir la factura de la luz
Uso horario de las lavadoras.
TICO DE VICENTE.
La entrada en vigor de los nuevos precios de la luz
eléctrica, en especial durante las horas punta del día, puede provocar un
enfrentamiento entre los vecinos a cuenta de las molestias por el uso de
electrodomésticos durante los segmentos horarios más baratos. Desde que el
pasado 1 de junio se pusieron en marcha los nuevos precios de la luz, con una
subida anunciada desde hace semanas, ha abierto la posibilidad de una
modificación de los hábitos humanos. O lo que es lo mismo, ya se habla de la
necesidad de que las lavadoras, especialmente, se puedan utilizar durante las
horas más baratas de la jornada, es decir, entre las 22 y las 8 de la mañana.
Con esta variación se pretende reducir el coste de la factura de la luz, uno de
los conceptos que mayores quebraderos de cabeza provoca entre las economías
domésticas, sobre todo en aquellas familias con menor poder adquisitivo. Sin
embargo, este cambio en los hábitos básicos de las personas choca frontalmente
con la legislación que desde hace años están en vigor en una buena parte de los
municipios valencianos y que ahora puede suponer una sorpresa entre los propios
vecinos. De hecho, las molestias por los ruidos es uno de los mayores puntos de
fricción, según fuentes policiales consultadas por InfoPoblano, que provoca la convivencia entre los vecinos. Y esta “guerra
vecinal” se recrudece con la llegada del verano, época del año en la que las
ventanas suelen estar abiertas en los hogares y, por tanto, una mayor molestia.
Posibles fricciones vecinales.
En el apartado de las sanciones, la misma ordenanza
municipal de la Pobla de Vallbona califica como “infracciones leves” estas
actuaciones de los propietarios de las viviendas por el uso de
electrodomésticos durante las noches, con sanciones de hasta 180 euros en
total. El mismo articulado municipal regula otras actuaciones cotidianas, como
el uso de los vehículos y las conductas incívicas que los conductores pueden
cometer, como los que regula el artículo 11 donde “se prohíben las
aceleraciones injustificadas del motor de los vehículos que produzcan ruidos
molestos en la vía pública” o, también, otros aspectos como “el escape de gases
deberá estar dotado de un dispositivo silenciador de las explosiones del motor,
de forma que en ningún caso se sobrepase el nivel de ruido establecido en la
normativa vigente para cada categoría de vehículos”.
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