La Pobla de Vallbona concede 64 ayudas del “xec bebé” por valor de 9.600 euros tras rechaza otras 20 solicitudes por incumplir las bases reguladoras

 

 

            TICO DE VICENTE.- La Pobla de Vallbona. Fue el pasado 26 de febrero cuando el Ayuntamiento de la Pobla de Vallbona aprobó la convocatoria de las ayudas económicas destinadas a las familias por el cheque bebé de este año para financiar gastos derivados del nacimiento, adopción o acogimiento de menores y conciliación familiar, tal y como publicó en su momento Infopoblano. De esta forma, tras poco más de dos meses desde la citada convocatoria se han hecho públicos ya los resultados de la resolución realizada ante las solicitudes recibidas en el plazo legal establecido al efecto. Un total de 84 solicitudes se han tramitado en el proceso administrativo que se ha dispuesto en esta iniciativa del ejecutivo local y que se han analizado para comprobar el cumplimiento de los criterios elaborados y aprobados. Además, de las 84 solicitudes recibidas se han aceptado 64 cuyos beneficiarios o beneficiarias tendrán una ayuda única de 150 euros cada una de ellos. A su vez, las restantes 20 solicitudes que no han sido aceptadas por el incumplimiento de algunos de los preceptos previstos en las citadas bases reguladoras. Una solicitud ha sido “inadmitida” por haber sido presentada fuera de plazo, al haberse establecido como último día de presentación el día 14 de abril y la citada petición data del 15 de abril. Entre algunos de los motivos que se han esgrimido a la hora de adoptar el rechace a las solicitudes cabe citar que algunas no han cumplido el requisito que obliga a una resolución de acogimiento en 2025 en lugar del año 2026, otras no cumplen el requisito sobre el empadronamiento exigido en la convocatoria y que prevé 4 años previos al nacimiento, no aportar el documento nacional de identidad o no estar al corriente de las obligaciones tributarias locales, entre otras, tal y como ha podido saber este periódico. En este caso, se trata de una exclusión provisional de estas solicitudes que disponen ahora de diez días hábiles para presentar los documentos requeridos y las alegaciones que estimen oportunos como fórmula para enmendar las citadas razones, según añaden las mismas fuentes. El propio ayuntamiento advierte de que “si no se presenta ninguna alegación ni documento dentro de este plazo, este acuerdo acontecerá en definitivo”, agregan estas fuentes. Se agregan otras como “si antes del vencimiento del plazo, los interesados manifiestan su decisión de no efectuar alegaciones, ni aportar nuevos documentos o justificaciones, comunicado al ayuntamiento a través de la sede electrónica, se tendrá por realizado el trámite”.

            Este plan municipal tiene como objetivo regular la concesión de ayudas económicas municipales destinadas a las familias residente en la Pobla de Vallbona, con motivo de los gastos derivados del nacimiento, adopción o acogimiento de hijos o hijas, además de favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral. Además, se establecían algunos requisitos como que algunos de los progenitores debían estar empadronados cuatro años como mínimo.

            Otros requisitos establecen que el menor debe estar empadronado en la Pobla de Vallbona, el nacimiento, adopción o acogimiento debe producirse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Además, no podrán ser beneficiarias las personas progenitoras privadas total o parcialmente la patria potestad, ni aquellas cuya tutela haya sido asumida por una institución pública.

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