La Pobla de Vallbona concede 64 ayudas del “xec bebé” por valor de 9.600 euros tras rechaza otras 20 solicitudes por incumplir las bases reguladoras
TICO
DE VICENTE.- La Pobla de Vallbona. Fue el pasado 26 de febrero cuando
el Ayuntamiento de la Pobla de Vallbona aprobó la convocatoria de las ayudas
económicas destinadas a las familias por el cheque bebé de este año para financiar
gastos derivados del nacimiento, adopción o acogimiento de menores y conciliación
familiar, tal y como publicó en su momento Infopoblano.
De esta forma, tras poco más de dos meses desde la citada convocatoria se han
hecho públicos ya los resultados de la resolución realizada ante las
solicitudes recibidas en el plazo legal establecido al efecto. Un total de 84
solicitudes se han tramitado en el proceso administrativo que se ha dispuesto
en esta iniciativa del ejecutivo local y que se han analizado para comprobar el
cumplimiento de los criterios elaborados y aprobados. Además, de las 84
solicitudes recibidas se han aceptado 64 cuyos beneficiarios o beneficiarias
tendrán una ayuda única de 150 euros cada una de ellos. A su vez, las restantes
20 solicitudes que no han sido aceptadas por el incumplimiento de algunos de
los preceptos previstos en las citadas bases reguladoras. Una solicitud ha sido
“inadmitida” por haber sido presentada fuera de plazo, al haberse establecido
como último día de presentación el día 14 de abril y la citada petición data
del 15 de abril. Entre algunos de los motivos que se han esgrimido a la hora de
adoptar el rechace a las solicitudes cabe citar que algunas no han cumplido el
requisito que obliga a una resolución de acogimiento en 2025 en lugar del año
2026, otras no cumplen el requisito sobre el empadronamiento exigido en la convocatoria
y que prevé 4 años previos al nacimiento, no aportar el documento nacional de
identidad o no estar al corriente de las obligaciones tributarias locales,
entre otras, tal y como ha podido saber este periódico. En este caso, se trata
de una exclusión provisional de estas solicitudes que disponen ahora de diez
días hábiles para presentar los documentos requeridos y las alegaciones que
estimen oportunos como fórmula para enmendar las citadas razones, según añaden las
mismas fuentes. El propio ayuntamiento advierte de que “si no se presenta ninguna
alegación ni documento dentro de este plazo, este acuerdo acontecerá en definitivo”,
agregan estas fuentes. Se agregan otras como “si antes del vencimiento del
plazo, los interesados manifiestan su decisión de no efectuar alegaciones, ni
aportar nuevos documentos o justificaciones, comunicado al ayuntamiento a
través de la sede electrónica, se tendrá por realizado el trámite”.
Este plan municipal tiene como
objetivo regular la concesión de ayudas económicas municipales destinadas a las
familias residente en la Pobla de Vallbona, con motivo de los gastos derivados
del nacimiento, adopción o acogimiento de hijos o hijas, además de favorecer la
conciliación de la vida familiar y laboral. Además, se establecían algunos
requisitos como que algunos de los progenitores debían estar empadronados
cuatro años como mínimo.
Otros requisitos establecen que el
menor debe estar empadronado en la Pobla de Vallbona, el nacimiento, adopción o
acogimiento debe producirse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Además,
no podrán ser beneficiarias las personas progenitoras privadas total o
parcialmente la patria potestad, ni aquellas cuya tutela haya sido asumida por
una institución pública.
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