La Pobla de Vallbona abre el plazo para que los comercios afectados por las obras en Poeta Llorente puedan pedir las ayudas económicas por pérdidas con una asignación máxima de 2.000 euros
TICO DE
VICENTE.- VALÈNCIA. El
Ayuntamiento de la Pobla de Vallbona ha convocado las ayudas económicas
destinadas a los establecimientos comerciales ubicados en la calle Poeta Llorente,
en el tramo entre plaza Vicente Alba y la Parra, para paliar las pérdidas
ocasionadas como consecuencias de las obras que el consistorio llevó a cabo
entre mediados de octubre del pasado año 2025 y julio del presente ejercicio,
según la información oficial a la que ha tenido acceso Infopoblano. De esta, se pone en marcha esta iniciativa que ha entrado
en vigor con el presupuesto del presente año 2026 enmarcado en la voluntad por
compensar al tejido comercial de la localidad en aquellas situaciones que se
vean perjudicados por el desarrollo de obras y actuaciones municipales. La partida
asignada en las cuentas económicas del presupuesto de este año alcanza los
15.000 euros en total. Para poder ser beneficiario de estas ayudas, los posibles
y potenciales interesados deben cumplir una serie de requisitos establecidos en
las bases reguladoras diseñadas al efecto. Por ello, los comercios deberán
estar ubicados en el tramo comprendido en la actuación ejecutada por el consistorio,
es decir, entre la plaza Vicente Alba y la Parra, estar en funcionamiento con
anterioridad al inicio de las obras ejecutadas, desarrollar su actividad en un
local abierto al público, estar dadas de alta en el impuesto de actividades
económicas (IAE) en el momento del inicio de las obras y durante el periodo
subvencionable, además de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias estatales, locales y con la Seguridad Social. Otros requisitos consisten
en no tener que justificar subvenciones concedidas anteriormente por el
Ayuntamiento de la Pobla de Vallbona y no estar incursas en ninguna de las prohibiciones
previstas en el artículo 13 de la ley general de subvenciones. Por último, las
bases reguladoras prevén que el establecimiento debe acreditar una reducción de
la facturación de al menos el 25% en el cuarto trimestre de 2025, entre el 1 de
octubre y el 31 de diciembre de 2025 en comparación con el mismo periodo del
ejercicio precedente, es decir, en el año 2024. En aquellos casos en los que no
sea posible tomar esta referencia se podrá hacer sobre la facturación media del
año 2025.
Precisamente, la facturación media de todo el ejercicio
será la referencia para aquellos establecimientos que hayan abierto durante el
año 2025 y que, por tanto, no disponen de posibilidad de comparación con ejercicios
precedentes. Los modeles tributarios 303 del IVA y el 130 o 131 en IRPF serán los
documentos que deberán aportar los comercios para tener acceso a las ayudas.
El plazo para
la presentación de las solicitudes se ha fijado en un total de 20 días hábiles tras
la publicación de la convocatoria.
La concesión de las subvenciones se
tramitará mediante el régimen de concurrencia competitiva de acuerdo a la ley general
de subvenciones, en la que se estipula una cuantía de hasta 2.000 euros por
cada uno de los beneficiarios, de forma que no podrán superar este importe. Todo
ello hasta agotar los 15.000 euros en total previsto para la convocatoria.

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