La Pobla de Vallbona abre el plazo para que los comercios afectados por las obras en Poeta Llorente puedan pedir las ayudas económicas por pérdidas con una asignación máxima de 2.000 euros

 

 

TICO DE VICENTE.- VALÈNCIA. El Ayuntamiento de la Pobla de Vallbona ha convocado las ayudas económicas destinadas a los establecimientos comerciales ubicados en la calle Poeta Llorente, en el tramo entre plaza Vicente Alba y la Parra, para paliar las pérdidas ocasionadas como consecuencias de las obras que el consistorio llevó a cabo entre mediados de octubre del pasado año 2025 y julio del presente ejercicio, según la información oficial a la que ha tenido acceso Infopoblano. De esta, se pone en marcha esta iniciativa que ha entrado en vigor con el presupuesto del presente año 2026 enmarcado en la voluntad por compensar al tejido comercial de la localidad en aquellas situaciones que se vean perjudicados por el desarrollo de obras y actuaciones municipales. La partida asignada en las cuentas económicas del presupuesto de este año alcanza los 15.000 euros en total. Para poder ser beneficiario de estas ayudas, los posibles y potenciales interesados deben cumplir una serie de requisitos establecidos en las bases reguladoras diseñadas al efecto. Por ello, los comercios deberán estar ubicados en el tramo comprendido en la actuación ejecutada por el consistorio, es decir, entre la plaza Vicente Alba y la Parra, estar en funcionamiento con anterioridad al inicio de las obras ejecutadas, desarrollar su actividad en un local abierto al público, estar dadas de alta en el impuesto de actividades económicas (IAE) en el momento del inicio de las obras y durante el periodo subvencionable, además de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias estatales, locales y con la Seguridad Social. Otros requisitos consisten en no tener que justificar subvenciones concedidas anteriormente por el Ayuntamiento de la Pobla de Vallbona y no estar incursas en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la ley general de subvenciones. Por último, las bases reguladoras prevén que el establecimiento debe acreditar una reducción de la facturación de al menos el 25% en el cuarto trimestre de 2025, entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2025 en comparación con el mismo periodo del ejercicio precedente, es decir, en el año 2024. En aquellos casos en los que no sea posible tomar esta referencia se podrá hacer sobre la facturación media del año 2025.

Precisamente, la facturación media de todo el ejercicio será la referencia para aquellos establecimientos que hayan abierto durante el año 2025 y que, por tanto, no disponen de posibilidad de comparación con ejercicios precedentes. Los modeles tributarios 303 del IVA y el 130 o 131 en IRPF serán los documentos que deberán aportar los comercios para tener acceso a las ayudas.

El plazo para la presentación de las solicitudes se ha fijado en un total de 20 días hábiles tras la publicación de la convocatoria.

            La concesión de las subvenciones se tramitará mediante el régimen de concurrencia competitiva de acuerdo a la ley general de subvenciones, en la que se estipula una cuantía de hasta 2.000 euros por cada uno de los beneficiarios, de forma que no podrán superar este importe. Todo ello hasta agotar los 15.000 euros en total previsto para la convocatoria.

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