Revés judicial en la Finca de la Cens de la Pobla de Vallbona: una sentencia del TSJ anula la calificación de dotacional del suelo y obliga a devolver el dinero de la expropiación
TICO DE
VICENTE.- La Pobla de Vallbona.- Un nuevo contratiempo ha surgido alrededor de
la conocida Finca de la Cens de la Pobla de Vallbona. En esta ocasión, una sentencia
judicial, conocida ahora y fechada el pasado mes de febrero, anula la decisión
del gobierno municipal de modificar el plan general de ordenación urbana (PGOU)
para convertir en suelo dotacional los terrenos sobre los que se cimienta la
Cens. En febrero del año 2019, el pleno del Ayuntamiento de la Pobla de
Vallbona aprobaba la modificación del suelo ubicado en el número 78 de la
avenida de Colón, sobre las que se levantan las 49 viviendas en un edificio
formado por una planta baja y seis alturas.
El fallo judicial establece que la modificación
refrendada por el pleno no se realizó de acuerdo al procedimiento
administrativo correcto ya que en su momento se tomó esta decisión sin contar
con el preceptivo informe de ruina, indispensable para llevar a cabo la
demolición del inmueble, uno de los más vetustos del casco urbano y con un evidente
peligro de derrumbe. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la
Comunitat Valenciana (TSJCV) revoca el expediente de la expropiación del 26 de
marzo de 2021 y obliga a los propietarios de las viviendas a devolver el dinero
del justiprecio.
La sentencia del TSJCV supone una nueva piedra en el
camino que se inició en esta legislatura, principalmente, para derribar este
inmueble, viejo y con peligro de derrumbe, para convertir su espacio en un
equipamiento dotacional de tal forma que se podrá conectar la zona de la calle
Lepanto con el entorno del parque municipal, con una comunicación entre los
edificios del ayuntamiento y la Casa de Cultura con el Centro Social y con las
zonas verdes adyacentes, un viejo anhelo de todos los gobiernos locales.
Con más de 160.000 euros gastados por el ayuntamiento
local en el proceso de expropiación, en los últimos meses de la citada fase
irrumpieron con fuerza fondos de inversión y fondo buitres para comprar
apartamentos a los inquilinos en una situación sorpresiva ya que los pisos no
tenían, a priori, ningún valor: viejos, rotos y con la demolición inminente en
el horizonte. Tras el proceso de expropiación, una de las mercantiles dueñas de
numerosas viviendas tomó la decisión de presentar alegaciones y recursos con el
mismo, tanto por el valor económico del justiprecio como por el mismo proceso
administrativo.
De hecho, las mercantiles se hicieron con las viviendas
por un precio que oscilaba entre los 3.000 y 7.000 euros, mientras que ahora
reclaman una nueva expropiación por la que reclaman una valoración de más de
40.000 euros por las citadas viviendas, una cantidad notablemente superior. Por
tanto, el fondo de inversión presentó los correspondientes recursos judiciales
para obtener sus demandas económicas, que ahora se han visto atendidas con la
sentencia de los magistrados del alto tribunal valenciano, contra la que el
actual gobierno de la Pobla de Vallbona no recurrirá para evitar una dilatación
del litigio judicial.
Los magistrados del TSJ reconocen en su argumentación que
en el expediente municipal faltaba el preceptivo informe de ruina y demolición
previo al objetivo final del proyecto: liquidar el edificio para destinar el
suelo a equipamiento dotacional.

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